La urgente reforma de la judicatura castrense tendrá incluso que cautelar el debido proceso en delitos propiamente militares, como lo demuestran Antuco y la Antártica. La transparencia proclamada por el general Cheyre choca con rémoras en el comportamiento de los uniformados que llegan también a los tribunales que los juzgan.
Por: Hugo Mery
La tan preterida reforma de la justicia militar ha surgido como uno de los factores principales en los procesos que se incoan por los casos Antuco y Antártica. Las decepcionantes condenas en primera instancia en el primero de ellos y las demoras para establecer la verdad en el segundo hicieron recrudecer las sospechas de presiones, alimentadas de antemano por filtraciones del expediente judicial -concretamente el encapsulamiento de la información que denunció el ex jefe del departamento Antártico del Ejército y por fallas en el debido proceso que se imputan al coronel Juan Arab, instructor de la causa por la muerte de 45 soldados en la cordillera. Pero, más allá de tales datos, las dudas provienen de las añosas estructuras de la judicatura castrense y de que ésta se encuentre a la cola de la reforma del sistema procesal penal en Chile.
El retraso es una de las grandes deudas pendientes de la transición. Recién el pasado 6 de enero se constituyó el grupo de trabajo que estudiará un cambio que se proclamó urgente una vez concluida la dictadura y que ha sido considerado insoslayable, entre otros, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Curiosamente, las reformas puestas en agenda fueron superadas por los hechos recientes. Desde el regreso a la democracia se subraya la excesiva competencia de los tribunales castrenses y la necesidad de traspasar muchos de sus ámbitos de acción a la justicia ordinaria, por ejemplo, los delitos comunes cometidos por uniformados y por civiles en contra de aquéllos. Desde la aplicación paulatina de la reforma procesal quedaron en candelero los procedimientos penales inquisitivos que ella dejó atrás y que persisten en los de la justicia militar.
Lo ocurrido en la cordillera y la base OHiggins estaría demostrando que ni siquiera la prosecución de delitos típicamente militares como el incumplimiento de deberes estaría debidamente garantizada por las actuales estructuras judiciales. Y ello por la cierta facilidad con que los mandos podrían, en razón de sus intereses, ejercer presiones sobre los subordinados que sustancian los procesos. Por ejemplo, el comandante de una división es a la vez juez militar en la zona bajo su mando y de este modo lo que ocurra en sus unidades le interesa desde la triple óptica del logro de los objetivos castrenses, de la gestión administrativa y de las eventuales trasgresiones a las normas legales. Es juez y parte a la vez y eso puede conducir a un conflicto de intereses.
En el caso Antártica, se habría llegado a conformar prácticamente un comité de crisis, con la participación del comandante de división y juez militar, para encapsular orientar, acaso tergiversar los informes, y así no perjudicar los intereses institucionales, ya bastante dañados por (el mal manejo de) la tragedia de Antuco.
Es cierto que en la justicia militar están separados los roles del instructor (fiscal), quien emite un dictamen con las conclusiones del sumario, y el sentenciador (juez), que dicta el fallo propiamente tal, pero éste, un oficial de arma, puede acoger o no las propuestas de aquél, un oficial de justicia con título de abogado. Es cierto también que el instructor podría convertirse en dueño del proceso, al decir de un abogado litigante, y que más de alguno se ha comportado como un fiscal de hierro a lo largo de la historia (el más célebre fue Francisco Saavedra Moreno en 1957), pero básicamente hay una dependencia jerárquica del oficial instructor respecto del general que actúa como juez.
Distinta es la situación del coronel Arab, nombrado ministro en visita por la Corte Marcial por la notoriedad del caso Antuco, y de quien se ha argüido que su interés era ascender a general auditor de Guerra, cargo que ocupará a partir de las próximas semanas. No le convenía, por esto, ir contra las corrientes internas y atribuir penas más severas a los responsables de la muerte de 45 soldados. De ahí la aspiración de los abogados de los familiares de que la Corte escogiera, para proseguir las investigaciones de ambas tragedias, de entre sus dos miembros civiles y no de sus tres uniformados. Pero todos ellos acordaron, por unanimidad, rechazar que cualquiera se ocupase de averiguar lo ocurrido en la base OHiggins.
El director del departamento Antártico, por su parte, declaró al fiscal ya en diciembre que fue objeto de presiones y sólo en febrero, cuando la prensa infiltró el proceso, los oficiales involucrados manifestaron su intención de ponerse a disposición de la justicia. En el intertanto, el fiscal no realizó las indagatorias que correspondían.
No ha habido, entonces, toda la transparencia proclamada por el comandante en jefe del Ejército. Por más que se esté dispuesto a considerar como señera la gestión de cuatro años del general Juan Emilio Cheyre, los vicios revelados por vientos y hielos en los dos episodios hablan de una propensión a mentir y amañar los hechos por algunos mandos llegándose incluso a falsificar la firma de un oficial conducido a la muerte, comportamientos que el ministro Osvaldo Puccio estimó, no sin razón, como una herencia de prácticas legitimadas bajo la dictadura militar.
Los cambios culturales excederán, con mucho, el plazo de la gestión de Cheyre y probablemente el de su sucesor, Oscar Izurieta. Pero un aliciente para sacudir mentalidades podrá ser un epílogo judicial digno para Antuco y la Antártica, que tendrá que escribirse antes de la remoción de las estructuras de una inconfiable justicia militar